Es de conocimiento público que el sistema privado de salud vendía (hasta el mes de abril del año 2020) al segmento femenino planes de salud hasta cuatro veces más caros que los hombres, otorgando en ocasiones menores prestaciones y beneficios por idénticos planes. 

Es así como luego de más de 20 años, que a partir del mes de abril del año 2020 entró en vigencia una circular dictada por la Superintendencia de Salud, en la cual hasta antes del 1 de abril de dicho año la tabla tenía 18 tramos para calcular los precios bases de los planes de salud y hoy cuenta con solo 7 tramos, no distinguiéndose así diferencias entre hombres y mujeres, siendo una reforma que impulsa la igualdad entre géneros, ya que desde los inicios de las isapres las mujeres en edad fértil llegaban a pagar un 179% más que los hombres del mismo rango etario en iguales planes. 

Además, los tramos de edad se disminuyen de 18 a sólo 7, lo que permitirá generar un subsidio intergeneracional. Esto, además de terminar con la discriminación por género en las Isapres también disminuye la desigualdad para los adultos mayores. 

Para hacer efectiva la disminución en el valor del plan la persona que desee que esta normativa se vea reflejada en su plan debe realizar un nuevo contrato, ya sea con su Isapre o con la que estime conveniente, no se puede ver reflejado en los contratos que los afiliados ya hayan pactado. Sin embargo, el afiliado puede desafiliarse y optar a uno de estos planes dentro de la misma aseguradora, o bien, cambiarse a otra. 

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